Seguridad Nacional

El concepto de Seguridad Nacional articula el quehacer del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) y del resto de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Seguridad Nacional.

De acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional, las acciones y políticas que tienen como propósito preservar la Seguridad Nacional se rigen por los principios de legalidad, responsabilidad, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación, respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, así como a sus garantías individuales y sociales.

El Sistema de Seguridad Nacional es encabezado por el Presidente de la República y se integra por las dependencias que forman parte del Consejo de Seguridad Nacional (CSN), las unidades de la Administración Pública Federal declaradas como instancias de Seguridad Nacional, y por las autoridades estatales y municipales que colaboran con el Gobierno Federal a preservar la Seguridad de la Nación.

El CSN es una instancia deliberativa encabezada por el Presidente de la República, cuya finalidad consiste en establecer y articular las acciones y políticas en materia de Seguridad Nacional, conociendo lo siguiente:

La Secretaría Ejecutiva del CSN recae en el Secretario de Gobernación, quien es el responsable de promover la coordinación y su funcionamiento. Asimismo, está integrado por las secretarías de la Defensa Nacional, Marina Armada de México, Seguridad Pública, Relaciones Exteriores, Función Pública, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, así como por la Procuraduría General de la República y el CISEN.

El Secretario Técnico del CSN es designado por el Presidente de la República y depende directamente de él. Formalmente no forma parte del Consejo. Algunas de sus funciones son las siguientes:

Las Instancias de Seguridad Nacional son unidades administrativas de la Administración Pública Federal reconocidas por el Consejo de Seguridad Nacional (CSN), como parte del Sistema de Seguridad Nacional con el objeto de incorporarlas a las estrategias, acciones y políticas encaminadas a preservar la Seguridad Nacional del país.

La declaratoria como Instancia de Seguridad Nacional se emite por el Presidente de la República después de un proceso de evaluación por el que el CSN aprueba un dictamen, y por medio de un convenio firmado por el Secretario de Gobernación en su calidad de Secretario Ejecutivo del CSN y por el titular de la Dependencia en la que se encuentra adscrita la unidad administrativa objeto de la declaratoria.

Las Instancias de Seguridad Nacional son las siguientes:

En el marco del Sistema de Seguridad Nacional, existen otras dependencias y unidades administrativas que llevan a cabo labores relacionadas de inteligencia de conformidad con el marco jurídico que las regula, como lo es la Unidad de Inteligencia para Emergencias en Salud de la Secretaría de Salud.

Seguridad Nacional y Seguridad Pública no son sinónimos, pero sí conceptos estrechamente relacionados.

De acuerdo con el texto constitucional, la Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, Distrito Federal, Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas.

Temas de Seguridad Pública pueden convertirse en asuntos de Seguridad Nacional en la medida en que la manifestación del fenómeno criminal represente un riesgo para la integridad, estabilidad y permanencia del Estado, para el orden constitucional, las instituciones democráticas fundadas en el desarrollo social, económico y político, y en la medida en la que constituyan un obstáculo para que las autoridades actúen contra la delincuencia organizada.

Última actualización en martes, 24 de agosto de 2010 09:00