Seguridad Nacional
- La Ley de Seguridad Nacional define a la seguridad nacional como las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano que conlleven a:
- Proteger al país frente a riesgos y amenazas.
- Preservar la soberanía, independencia, territorio y la unidad de la federación.
- Mantener el orden constitucional y fortalecer las instituciones democráticas de gobierno.
- Preservar el régimen democrático fundado en el desarrollo social, económico y político.
- Defender al país frente a otros Estados o sujetos de derecho internacional.
El concepto de Seguridad Nacional articula el quehacer del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) y del resto de las instituciones que integran el Sistema Nacional de Seguridad Nacional.
- Principios que rigen la Seguridad Nacional
De acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional, las acciones y políticas que tienen como propósito preservar la Seguridad Nacional se rigen por los principios de legalidad, responsabilidad, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación, respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, así como a sus garantías individuales y sociales.
- Sistema de Seguridad Nacional
El Sistema de Seguridad Nacional es encabezado por el Presidente de la República y se integra por las dependencias que forman parte del Consejo de Seguridad Nacional (CSN), las unidades de la Administración Pública Federal declaradas como instancias de Seguridad Nacional, y por las autoridades estatales y municipales que colaboran con el Gobierno Federal a preservar la Seguridad de la Nación.
- Consejo de Seguridad Nacional
El CSN es una instancia deliberativa encabezada por el Presidente de la República, cuya finalidad consiste en establecer y articular las acciones y políticas en materia de Seguridad Nacional, conociendo lo siguiente:
- La integración y coordinación de los esfuerzos y medidas orientadas a preservar la Seguridad Nacional, los programas de cooperación internacional, y los lineamientos que permitan el establecimiento de políticas generales;
- El Programa para la Seguridad Nacional y la evaluación de sus resultados;
- La definición anual de la Agenda Nacional de Riesgos y su seguimiento;
- Los lineamientos para regular el uso de aparatos para la intervención de comunicaciones privadas;
- Los lineamientos para que el CISEN preste auxilio y colaboración en materia de Seguridad Pública, procuración de justicia y en cualquier otro ramo de la Administración Pública que acuerde el Consejo;
- Los procesos de clasificación y desclasificación de información en materia de Seguridad Nacional, y
- Los demás que establezcan otras disposiciones o el Presidente de la República.
La Secretaría Ejecutiva del CSN recae en el Secretario de Gobernación, quien es el responsable de promover la coordinación y su funcionamiento. Asimismo, está integrado por las secretarías de la Defensa Nacional, Marina Armada de México, Seguridad Pública, Relaciones Exteriores, Función Pública, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, así como por la Procuraduría General de la República y el CISEN.
- Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional
El Secretario Técnico del CSN es designado por el Presidente de la República y depende directamente de él. Formalmente no forma parte del Consejo. Algunas de sus funciones son las siguientes:
- Realizar las acciones necesarias para la ejecución y seguimiento de los acuerdos del CSN.
- Proponer políticas, lineamientos y acciones en materia de Seguridad Nacional, así como el Programa para la Seguridad Nacional.
- Presentar la Agenda Nacional de Riesgos y elaborar los informes de actividades que ordene el CSN.
- Remitir los informes correspondientes a la Comisión Bicamaral de conformidad con lo señalado en la Ley de Seguridad Nacional.
- Realizar estudios especializados en materias relacionadas con la Seguridad Nacional.
- Realizar el inventario de la infraestructura estratégica del país.
- Instancias de Seguridad Nacional
Las Instancias de Seguridad Nacional son unidades administrativas de la Administración Pública Federal reconocidas por el Consejo de Seguridad Nacional (CSN), como parte del Sistema de Seguridad Nacional con el objeto de incorporarlas a las estrategias, acciones y políticas encaminadas a preservar la Seguridad Nacional del país.
La declaratoria como Instancia de Seguridad Nacional se emite por el Presidente de la República después de un proceso de evaluación por el que el CSN aprueba un dictamen, y por medio de un convenio firmado por el Secretario de Gobernación en su calidad de Secretario Ejecutivo del CSN y por el titular de la Dependencia en la que se encuentra adscrita la unidad administrativa objeto de la declaratoria.
Las Instancias de Seguridad Nacional son las siguientes:
- Presidencia de la República: Oficina de la Presidencia ; Secretaría Particular de la Presidencia , y Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional.
- Secretaría de Gobernación: Instituto Nacional de Migración (INAMI); y Coordinación General de Protección Civil.
- Secretaría de Comunicaciones y Transportes: Oficina del Secretario; Subsecretaría de Transporte, Subsecretaría de Comunicaciones, Unidad de la Red Privada del Gobierno Federal, Unidad de Asuntos Jurídicos; Dirección General de Aeronáutica Civil; Dirección General de Autotransporte Federal; Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal; Dirección General de Telecomunicaciones y Radiodifusión; Dirección General de Marina Mercante; Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, y Servicios de Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público: Oficina del Secretario; Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público (Unidad de Planeación Económica y Unidad de Crédito Público); Unidad de Inteligencia Financiera; Procurador Fiscal de la Federación (Subprocuraduría Fiscal Federal de Legislación y Consulta, Subprocuraduría Fiscal Federal de Asuntos Financieros y Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones); y Servicio de Administración Tributaria (Oficina del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Administración General de Aduanas, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General de Evaluación, Administración General de Grandes Contribuyentes).
- Secretaría de Seguridad Pública.
- Secretaría de la Función Pública: Dirección General de Información e Integración.
- Secretaría de Relaciones Exteriores: Dirección General de Protección y Asuntos Consulares, Dirección General de Delegaciones y Dirección General de Asuntos Jurídicos.
En el marco del Sistema de Seguridad Nacional, existen otras dependencias y unidades administrativas que llevan a cabo labores relacionadas de inteligencia de conformidad con el marco jurídico que las regula, como lo es la Unidad de Inteligencia para Emergencias en Salud de la Secretaría de Salud.
- Seguridad Nacional y Seguridad Pública
Seguridad Nacional y Seguridad Pública no son sinónimos, pero sí conceptos estrechamente relacionados.
De acuerdo con el texto constitucional, la Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, Distrito Federal, Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas.
Temas de Seguridad Pública pueden convertirse en asuntos de Seguridad Nacional en la medida en que la manifestación del fenómeno criminal represente un riesgo para la integridad, estabilidad y permanencia del Estado, para el orden constitucional, las instituciones democráticas fundadas en el desarrollo social, económico y político, y en la medida en la que constituyan un obstáculo para que las autoridades actúen contra la delincuencia organizada.
Última actualización en martes, 24 de agosto de 2010 09:00